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HOMO CIVICUS

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Por Manuel Molina Gómez

T menos 708 días y contando. Comentando con una titular de Comunicación Social en un lugar manchado, de cuyo nombre prefiero no acordarme, pude ver qué hay conceptos que los Secretarios Municipales en las 212 Administraciones Locales no les han clarificado.

Primero, si existen los informes de Desempeño que se deben realizar en los meses de Diciembre por Órgano Interno de Control, Regidor de la Comisión de Desempeño y ser garante de ello, Sindicatura, pues está en la Ley Orgánica del Municipio Libre en artículos 36 inciso XXVII, 37 inciso II, 40 inciso XXV, 60 Decies, 60 Terdecies inciso II, 73 novies, 73 decies incisos V, VI y VII y 73 quinquiedecies

Ahora bien, le guste o no, es Ley y si bien ella debe publicar lo que se le indica, el tonito de -yo sé hacer mi trabajo- puede meterla en problemas.

Si por su incultura no sabe los alcances de la Contraloría Social, aquí se lo pongo del artículo 69 de la Ley General de Desarrollo Social y que se enmarca en los constitucionales 6, 8, 9, 26 y 39: Se reconoce a la Contraloría Social como el mecanismo de los beneficiarios, de manera organizada, para verificar el cumplimiento de las metas y la correcta aplicación de los recursos públicos asignados a los programas de desarrollo social. Y si cree que no es posible aterrizarle en ley Orgánica del Municipio Libre, ver del 191 al 204, y señora, esa reforma se hizo por iniciativa de Ley de CIDIAC, que el entonces Diputado Héctor Yunes Landa retoma y sintetiza, para la inclusión de ese texto legislativo, QUE USTED DEBE OBEDECER.

Regresando al tonito, -es un despropósito lo que preguntan los reporteros- en abono al trabajo de los medios de Comunicación, los Servidores Público solo pueden hacer lo que la Ley les faculta, nosotros, todo lo que la Ley no nos prohíba, y si el reportero pregunta una obviedad, señora, usted le responde con quién debe dirigirse, bonito y de buen tono.

¿Porque me preocupa esto?, porque esos burócratas en los 212 municipios del Estado son los que forman parte del -Comité que analiza si la información por Portal de Transparencia es clasificada como reservada- ¿En esas manos estamos?.

Aquí hago un llamado a todos los comunicadores de medios tradicionales como emergentes, SEAMOS SOLIDARIOS y pongamos en su lugar a los que SON NUESTROS EMPLEADOS. Ya que todos estamos grandes como para que nos venga a regañar alguien que -se alquila para el servicio público – y si su ignorancia no se despeja, podemos seguir teniendo retrocesos de garantías.

Por lo que les comparto de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, lo que seguro causará problemas gástricos: “Para contribuir a que los gobernados ejerzan un control respecto del funcionamiento institucional de los poderes públicos (¿y figuras públicas/medios de comunicación?), por lo que se perfila como un límite a la exclusividad estatal en el manejo de la información y, por ende, como una exigencia social de todo Estado de Derecho”. Con base a Jurisprudencia P./J. 54/2008, de rubro: “ACCESO A LA INFORMACIÓN. SU NATURALEZA COMO GARANTÍAS INDIVIDUAL Y SOCIAL”, Seminario Judicial de la Federación y su Gaceta, novena época, tomo XXVII, Junio de 2008, página 743.

Estimado lector, nos debemos a usted, no a las corcholatas o taparoscas, es usted nuestra razón de ser, valore usted lo que todos los comunicadores desde sus trincheras hacen, el darle a usted opciones para que se forje una opinión. Hasta la próxima.

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