Posicionamiento del SDET-COBAEV por presuntas operaciones fraudulentas, concretamente, la “venta de plazas”

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SINDICATO DEMOCRÁTICO ESTATAL DE LOS TRABAJADORES DEL COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE VERACRUZ (SDET-COBAEV)

Federación de Sindicatos Unidos de Colegios de Bachilleres
Registros Sindicales: JLCA 1865/2003 | TCA S-2/2020
RFC: SDE011105FL3

COMUNICADO DE PRENSA

Desde hace varios días han circulado noticias que pretenden involucrar al Sindicato Democrático Estatal de los Trabajadores del Colegio de Bachilleres del Estado de Veracruz (SDET-COBAEV) y a su dirigencia en presuntas operaciones fraudulentas, concretamente, la “venta de plazas” en ese organismo descentralizado.

Al respecto, en primer lugar, el SDET-COBAEV niega categóricamente que esta organización sindical o su dirigencia esté o haya estado involucrada en esa o cualquier otra actividad ilegal, delictiva o contraria a la Ley.

Nos vemos en la necesidad de precisar lo anterior y dar la cara frente a la sociedad y los medios de comunicación, ante la proliferación de especulaciones irracionales y sin sustento que emanan, con toda certeza, de quienes están interesados en que el SDET-COBAEV desista de los reclamos que ha venido exponiendo desde hace más de dos décadas en pro de los derechos humanos de sus afiliados.

Precisamos que la persona que ha sido mencionada en los hechos relatados, la C. Estela Soreth Lendechy Jácome, en noviembre de 2024 formó parte del grupo de personas electas para integrar el Comité Ejecutivo Estatal de este sindicato, como secretaria de Prensa y Propaganda para el periodo 2024-2029, sin haber ejercido jamás dicha encomienda, y habiendo renunciado a esa cartera el 2 de marzo de 2026, según ella misma expuso, “para atender tareas de orden estrictamente personal, que no tienen vinculación alguna con el Sindicato”.

El SDET-COBAEV nunca fue conocedor de ningún hecho que le permitiera suponer que dicha persona estuviese pretendiendo “vender plazas” o cometiendo alguna otra conducta que pudiera ser sancionable. No conocemos a ninguna de las personas que habrían podido resultar afectadas (cuyos nombres desconocemos) y tampoco hemos sido llamados por ninguna autoridad para tales efectos.

No obstante, conviene definir públicamente que tanto esta organización sindical como los miembros de su directiva están absolutamente a disposición de cualquier autoridad que les convoque, en especial la Fiscalía General del Estado. El SDET-COBAEV y los miembros de su dirigencia no tienen absolutamente nada que ocultar, porque nunca, jamás, en ningún momento, hemos desplegado conductas que ameriten sanción de ninguna especie.

El SDET-COBAEV no ha obtenido ni obtiene más recursos que los procedentes de la cuota sindical de sus socios. Los miembros de su directiva no han obtenido ni obtienen más recursos que los que proceden de sus salarios o pensiones.

En cualquier caso, la Fiscalía General del Estado, si así lo decide, puede tener acceso a toda la información patrimonial tanto del sindicato como de sus dirigentes.

El padrón completo de los afiliados de este sindicato también es información pública que puede ser solicitada tanto al COBAEV como al Tribunal de Conciliación y Arbitraje, por cualquier persona que quiera tener acceso a ella. Y puede preguntársele a cada uno de sus socios si en algún momento han sido requeridos del pago de cualquier cantidad en dinero, especie o servicios, para obtener una plaza, algún beneficio laboral o prestación, o cualquier otra cosa que por derecho, como trabajadores, les corresponda.

Por el contrario, reiteradamente, desde hace más de dos décadas, el SDET-COBAEV ha denunciado y visibilizado públicamente que en dicho organismo descentralizado se infringen las normas generales, se ha incurrido —precisamente— en “venta de plazas”, y se discrimina a trabajadores por su filiación sindical.

Instamos a todo aquel que considere que ha sido afectado en sus derechos, en su patrimonio o que se ha cometido en su perjuicio algún delito, a que lo denuncie y a que aporte los datos de prueba necesarios para que ningún acto que violente cualquier norma general quede impune.

Invitamos a la sociedad a que exija a la Fiscalía General del Estado que, a la mayor brevedad posible, respetando el debido proceso, integre la o las carpetas de investigación que se tengan sobre este tema y, de ser procedente, también a la brevedad las judicialice y lleve ante los jueces a quien o a quienes resulten responsables.

Invitamos, por otra parte, a los medios de comunicación a que exijan a todas las autoridades transparencia total en torno de las acciones que estén tomando. Y, sabedores también del alto grado de profesionalismo que tienen los comunicadores veracruzanos, los invitamos a que desplieguen una investigación a profundidad sobre este tema.

ANTECEDENTES Y POSICIONAMIENTO

Sabemos también que cualquier somera investigación (incluso hemerográfica) dará cuenta de la historia del SDET-COBAEV: un sindicato cuyos integrantes fueron, en tiempos de Miguel Alemán, despedidos de su empleo por atreverse a conformar un sindicato que terminó obteniendo su registro a través del Amparo. Somos un sindicato cuyos socios fuimos reinstalados por orden de la Justicia Federal, y fuimos despedidos por segunda vez.

Se podrá conocer que la primera recomendación en materia de libertad sindical que emanó de la Comisión Estatal de Derechos Humanos derivó de nuestro caso.

Cualquier examen sobre este tema arrojará que en el COBAEV rige un Contrato Colectivo de Trabajo (publicado en páginas oficiales), del que es titular el Sindicato Único Independiente de Trabajadores del Colegio de Bachilleres del Estado de Veracruz (SUITCOBAEV).

En dicho instrumento, se consigna en sus cláusulas 19, fracción IX, 20 y 21, que quienes aspiren a una plaza administrativa o docente deben afiliarse a ese sindicato. Y las cláusulas 23 y 24 definen, respectivamente, que será nulo cualquier ingreso al servicio a menos que provenga de una propuesta del SUITCOBAEV y que no podrá ser ocupada ninguna plaza salvo por las personas que proponga ese sindicato.

Lo anterior, que se define como “cláusula de exclusión”, ha sido declarada inconstitucional por la Suprema Corte de Justicia de la Nación y violatoria de la libertad sindical por la Organización Internacional del Trabajo; sin embargo, aún existe en este Contrato Colectivo y ha sido denunciada por más de 20 años por el SDET-COBAEV, exigiendo que se elimine.

Reiteradamente hemos insistido ante el COBAEV, la Secretaría de Educación y el Gobierno de Veracruz que no se deben asignar plazas —particularmente docentes— a capricho del sindicato mayoritario, sino mediante exámenes de oposición y procesos transparentes.


POSICIÓN FINAL

Hemos advertido públicamente que, de reproducirse la cláusula de exclusión en la revisión del contrato colectivo, tomaremos acciones legales ante los tribunales competentes.

Sin pretender exculpar a ninguna persona, reiteramos que ni el secretario general Julio López Calvario ni ningún miembro del sindicato tienen relación con hechos delictivos, y estamos en total disposición de colaborar con la autoridad.

Finalmente, el SDET-COBAEV insiste en que, si con acciones difamatorias se pretende que desistan de sus demandas, la realidad es que no sucederá, y continuarán su lucha en defensa de los derechos laborales.

“Por el respeto a los derechos de los trabajadores y por la educación”
COMITÉ EJECUTIVO ESTATAL

DOCUMENTO ANEXO (COBAEV – SEV)

Gobierno del Estado de Veracruz 2024–2030
Secretaría de Educación de Veracruz (SEV)
Departamento de Recursos Humanos
Oficio No: CBV/DAD/DRH/0703/2026
Xalapa, Veracruz, a 27 de febrero de 2026

Dirigido a:
Ing. Julio López Calvario
Secretario General del SDET-COBAEV

En relación con diversos oficios del sindicato, mediante los cuales se solicitaba atención a temas como:

Condiciones Generales de Trabajo

Propuestas docentes

Propuestas administrativas

Cambio de UAC’s

Homologación y nivelación salarial

Se informa que, derivado del oficio SG/0738/2026 firmado por la Mtra. Erika Ayala Ríos (SUITCOBAEV), se determinó:

> Dejar sin efectos el convenio suscrito con el SDET-COBAEV de fecha 5 de abril de 2005, por lo que sus solicitudes no son procedentes.

Firma:
Lic. Pricta Estrada Nieves
Jefa del Departamento de Recursos Humanos

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