El Baldón: Extorsión y Cohecho, delincuentes gobernando.
José Miguel Cobián
México, bendito país en el cual las leyes están de adorno, y solo se aplican a los enemigos del régimen. Leyes que son letra muerta cuando se deberían aplicar a quienes están en puestos de poder.
¨El sistema político mexicano está hecho para robar. Los más brutos roban para otros¨ Dr. Cervantes Ahumada.
¨¿Quién te ha dicho que el dinero del pueblo que tú administras señor alcalde, lo debes usar para pagar cohecho de tus ediles?¨ Dr. Cervantes Ahumada
¨ La lucha dentro del cuerpo edilicio no es una lucha política, sino una lucha de delincuentes por el derecho a saquear y robar los recursos públicos¨. Dr. Cervantes Ahumada
Diferencias entre los delitos de extorsión y cohecho: La extorsión implica obligar a alguien a dar, hacer o dejar de hacer algo mediante violencia, amenazas o intimidación; el cohecho se refiere a que un servidor público solicite o reciba beneficios indebidos para realizar u omitir actos de su función.
Me voy a referir exclusivamente a municipios, pero aplica lo mismo para estados y federación.
En los ayuntamientos se lleva a cabo una actividad criminal continua. Que en otros países tipifica como delincuencia organizada. El tesorero, el contralor, el alcalde, el director de obras públicas, el titular de ecología, el de protección civil, etc., todos ellos actúan utilizando dinero público para pagar extorsiones, saqueos, robos y cohechos a terceros, o a ellos mismos. Los ediles reciben el cohecho para firmar cualquier propuesta del alcalde.
Todos los municipios que pagan derecho de piso, subsidian a organizaciones criminales, por ello, forman parte de la red criminal.
Una alcaldía que paga a medios de comunicación para que hablen bien o evitar críticas, comete delitos. Lo mismo los propios medios de comunicación que mediante golpeteo mediático buscan obtener recursos del ayuntamiento, están cometiendo el delito de extorsión.
Un funcionario de un ayuntamiento, que exige cierta cantidad de dinero para que un trámite transite favorablemente, está extorsionando al ciudadano. Lo mismo sucede con el funcionario que exige que se contrate a determinada empresa para que cumpla ciertos requisitos del trámite.
Quién recibe dinero por otorgar un contrato, por favorecer en una licitación o por votar favorablemente una propuesta del alcalde siendo miembro del cuerpo edilicio está cometiendo el delito de cohecho.
Si analizas amable lector. Una o varias de las conductas señaladas en los párrafos anteriores son comunes y normales en los municipios del país. Por lo tanto, la conclusión básica, es que en cada municipio dónde se lleve a cabo una o varias de esas conductas, están gobernando criminales.
Para aterrizar, cuando un grupo de ediles se une para formar un bloque opositor al alcalde, desaparecen los partidos y las ideologías. De repente te encuentras casos como el siguiente: En una alcaldía gobernada por Morena, cuatro ediles emanados de ese partido, obedecen instrucciones de un diputado federal, y son oposición al alcalde, unidos a un regidor emanado de acción nacional.
La persona que ocupa la sindicatura se niega a firmar documentos financieros si no se llega a un arreglo económico con ella. Eso es cohecho. Los regidores mencionados, acostumbrados al saqueo de las arcas públicas, cobran por cada firma de aprobación de cualquier propuesta en las actas de cabildo. Esto es algo muy común en los municipios del país.
El fundamento legal es en resumen el siguiente:
Extorsión
• Artículo 390 del Código Penal Federal: “Al que, sin derecho, obligue a otro a dar, hacer, dejar de hacer o tolerar algo, obteniendo un lucro para sí o para otro, causando un perjuicio patrimonial, se le impondrá prisión de dos a ocho años y multa de cuarenta a ciento sesenta días.”
• Características principales:
o Uso de violencia, amenazas o intimidación.
o Finalidad de obtener un beneficio económico o patrimonial.
o Se sanciona tanto el intento como la consumación.
o Agravantes: cuando se comete contra servidores públicos, en grupo, o utilizando medios electrónicos.
🔹 Cohecho
• Artículo 222 del Código Penal Federal: “Comete el delito de cohecho el servidor público que por sí, o por interpósita persona, solicite o reciba indebidamente para sí o para otro dinero o cualquier beneficio, o acepte una promesa para hacer o dejar de hacer un acto relacionado con sus funciones.”
• Características principales:
o Involucra servidores públicos en el ejercicio de sus funciones.
o Puede consistir en solicitar, recibir o aceptar dinero, dádivas o promesas.
o El beneficio puede ser para sí mismo o para terceros.
o También se sanciona al particular que ofrece o entrega el beneficio.
Para los mexicanos, el texto anterior es de risa. Letra muerta. Divinas palabras. No se aplica, porque aplicarlo, implicaría que alcaldes denuncien a sus ediles, generando escándalos políticos que los gobernadores que son los que ordenan a los alcaldes verían mal. Pues a los gobernadores les importan sus amigos y sus negocios, no los ciudadanos de sus estados.
• Extorsión suele vincularse con delincuencia organizada y afecta directamente a ciudadanos y empresas.
• Cohecho es un delito de corrupción que erosiona la confianza en las instituciones públicas.
• Ambos delitos tienen agravantes que pueden aumentar las penas, dependiendo de la forma de comisión y el impacto social.
Si México fuera un país libre, democrático, moderno, civilizado, de leyes y seguro, uno podría escribir detalles que comparte ¨garganta profunda¨, pero como no lo es…
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