Corte IDH responsabiliza al Estado mexicano por la muerte de Ernestina Ascencio Rosario
La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) declaró al Estado mexicano responsable internacionalmente por la violación sexual, las graves lesiones y la falta de atención médica oportuna que provocaron la muerte de Ernestina Ascencio Rosario, mujer indígena náhuatl monolingüe de 73 años, ocurrida en 2007.
En su sentencia, el tribunal internacional estableció que Ernestina Ascencio fue víctima de violencia sexual y lesiones de extrema gravedad, y que las autoridades mexicanas omitieron brindarle atención médica adecuada y urgente, incumpliendo su deber de protección. La Corte concluyó que estas violaciones, sumadas a la negligencia médica, derivaron directamente en su fallecimiento.
El Tribunal constató que la señora Ernestina –una mujer indígena náhuatl monolingüe de 73 años habitante de la comunidad de Tetlalzinga, ubicada en la Sierra Zongolica en el estado de Veracruz– fue violada por miembros del Ejército mexicano el 25 de febrero de 2007. El día anterior a los hechos, un campamento militar había sido instalado en cercanías de la vivienda de la señora Ernestina, como parte de la estrategia de lucha contra el narcotráfico desarrollada por el Estado desde 2006. La Corte determinó que la violación sexual sufrida por la señora Ernestina constituyó un acto de tortura, toda vez que fue intencional, causó severos sufrimientos físicos y mentales y se cometió con el propósito de intimidar, degradar, humillar y controlar a la víctima.
El fallo también señala que el Estado mexicano incumplió su obligación de investigar los hechos con debida diligencia reforzada, especialmente considerando la condición de la víctima como mujer, adulta mayor e indígena, lo que exigía un estándar más alto de actuación por parte de las autoridades. La investigación oficial, subraya la Corte, estuvo marcada por omisiones, irregularidades y un enfoque que negó sistemáticamente la violencia sexual.

Asimismo, la Corte IDH determinó que México violó el derecho de acceso a la justicia de los hijos e hijas de Ernestina Ascencio Rosario, al no garantizarles condiciones de igualdad ni una investigación efectiva que permitiera esclarecer los hechos, identificar a los responsables y sancionarlos.
La resolución constituye un duro señalamiento internacional contra el Estado mexicano, al evidenciar no solo la violencia ejercida contra una mujer indígena, sino también la impunidad, la negligencia institucional y el abandono médico que rodearon el caso. El tribunal ordenó medidas de reparación integral y acciones estructurales para evitar la repetición de hechos similares.
